Permisos de Trabajo
Políticas especiales y de inversión
I. PERMISO DE TRABAJO TIPO 4A
Para trabajador(a) migrante de países específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá, en caso de inversión.
II. PERMISO DE TRABAJO TIPO 4B
Para trabajador(a) migrante residente permanente en calidad de inversionista calificado.
III. PERMISO DE TRABAJO TIPO 4C
Para trabajador(a) migrante bajo la categoría migratoria especial de solvencia económica propia.
IV. PERMISO DE TRABAJO TIPO 4D
Para trabajador(a) migrante por categorías especiales vigente de políticas especiales económicas y de inversión.
Para la solicitud por primera vez de estas categorías deberán presentar los requisitos comunes
REQUISITOS COMUNES:
- Documento de Filiación obtenido tras llenar el Registro Nacional de Mano de Obra Migrante.
- Poder otorgado a un abogado(a) mediante el cual la persona migrante lo(a) autoriza a representarlo(a) en el trámite. Debe estar debidamente notariado.
- Solicitud del Permiso de Trabajo, presentada mediante un abogado(a), donde se especifique el tipo de permiso de trabajo y los fundamentos sociales/laborales de la solicitud.
- Certificado expedido por el Servicio Nacional de Migración (SNM), donde conste el estatus migratorio del solicitante. Este documento debe presentarse con los timbres fiscales de B/. 8.00.
- Copia legible de las generales del pasaporte vigente o validación en línea del Registro Único de Extranjería (RUEX) u otro que disponga el SNM.
- Copia de carné de trámite, carné de residencia provisional o permanente emitida por el SNM, o copia del carné de residente permanente emitido por el Tribunal Electoral (TE) de Panamá, autenticado por dicha entidad, según corresponda.
Para la prórroga:
- Declaración Jurada de impuesto sobre la renta con su respectivo paz y salvo emitido por la DGI o constancia de pago de nueve (9) cuotas de la CSS.
Costo del Carné: B/. 250.00
Renovación del Carné: B/. 30.00
Vigencia: Primera vez 2 años, prórroga permitida hasta máximo tres con duración de 3 años.
Fuente de la información : https://www.mitradel.gob.pa/empleo/migracion-laboral
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