Visas migratorias
Naturalización
Los requisitos de naturalización los puede encontrar aquí: REQUISITOS DE NATURALIZACIÓN (PDF).
Requisitos de solicitud de Carta de Naturaleza
Numerales 1, 2 y 3 del Artículo 10 de la Constitución Política de la República de Panamá. Toda la documentación aportada deberá ir con el nombre completo del peticionario(a).
- Poder y Solicitud mediante abogado, dirigidos al Excelentísimo Presidente de la República de Panamá; el resto de la documentación debe ser dirigida al Servicio Nacional de Migración.
- El poder debe contener:
- Nombre completo del peticionario(a), tal como aparece en el pasaporte, el estatus migratorio y el carné de Residente Permanente.
- Dirección completa de domicilio del peticionario(a).
- Sexo, edad y estado civil del peticionario(a).
- Lugar de nacimiento y nacionalidad (de origen o adquirida) del peticionario(a).
- Número de carné de Residente Permanente del peticionario(a).
- Número de pasaporte del peticionario(a).
- Correo electrónico y números telefónicos del peticionario(a) y del abogado(a).
- Nombres y nacionalidad de los padres del peticionario(a), como aparecen en el estatus migratorio.
- Renuncia expresa e irrevocable a la nacionalidad (de origen o adquirida) del peticionario(a).
- Manifestación del deseo libre y espontáneo de acogerse a la nacionalidad panameña.
- La solicitud debe contener:
- Nombre del abogado, con todas sus generales (dirección completa, teléfonos, correo electrónico), sustentada con hechos y pruebas respectivas.
- Fundamento de derecho, especificando el numeral (1, 2 o 3) del Artículo 10 de la Constitución Política que sirve de base a la solicitud, y el Decreto Ley 3 de 22 de febrero de 2008.
- Constancia de servicio público (luz, agua, contrato de arriendo, etc.).
- Copia de la cédula e idoneidad del abogado, o carné de idoneidad del abogado.
- Autorización notariada (copia del carné de trabajo o cédula del autorizado).
- Declaración jurada de los motivos o razones de la petición, con la renuncia expresa e irrevocable a la nacionalidad (de origen o adquirida) y la manifestación del deseo libre y espontáneo de acogerse a la nacionalidad panameña, haciendo mención del artículo 385 del Código Penal y con la huella del peticionario(a). Ante notario y en papel, con timbres de B/.8.00 y un (1) año de vigencia.
- El poder debe contener:
- Acreditar la ausencia de antecedentes penales en el país de residencia en los últimos cinco años, o de su país de origen, según sea el caso. Si la persona no ha salido del país por más de tres meses en los últimos cinco, tres o dos años, según el numeral del Artículo 10 de la Constitución que corresponda, puede acreditarla mediante una declaración jurada que lo justifique.
- Antecedentes penales, con el nombre completo del peticionario(a), el número de carné de Residente Permanente y para uso de Migración o Naturalización (30 días de vigencia).
- Copia del carné de Residente Permanente, autenticada por el Tribunal Electoral (timbres de B/.2.00).
- Certificado de matrimonio (para el Numeral 2):
- Certificado de matrimonio (timbres de B/.3.00).
- Certificado de nacimiento del cónyuge (timbres de B/.3.00).
- Certificado de nacimiento de los hijos panameños y certificado de nacimiento de la madre o el padre panameño (timbres de B/.3.00).
- Certificado de inscripción de naturalización (timbres de B/.3.00), en los casos en que el cónyuge, el padre o la madre sea naturalizado.
- Solvencia económica, probada con dos (2) de las siguientes opciones:
- Declaración de renta de los dos (2) años anteriores al de la presentación, con el certificado de recepción y su recibo de pago (si es copia, debe venir notariada). Debe estar firmada por un Contador Público Autorizado y autenticada por un notario.
- Carta bancaria dirigida al Servicio Nacional de Migración, de cuatro (4) cifras medias en adelante, firmada y con sello fresco (30 días de vigencia).
- Carta de trabajo dirigida al Servicio Nacional de Migración, en papel membrete de la empresa, con el nombre completo del solicitante y su carné de Residente Permanente, firmada por el Representante Legal o el jefe de Recursos Humanos (si la firma es digital, con sello fresco de la empresa), certificando el cargo, el salario y las deducciones. Se acompaña de la ficha de la Caja de Seguro Social actualizada, con nueve (9) meses de cuotas y el carné de Residente Permanente del solicitante, notariada (90 días de vigencia).
- Certificación de jubilación, según sea el caso.
- Por inversión: adquisición de propiedades inmobiliarias (constancia de propiedad a nombre del titular, o de una sociedad o fundación cuyo beneficiario final sea el solicitante), o capital invertido en un negocio (documentos que demuestren que el negocio está operando, con sus declaraciones de renta, permiso de operación y acciones, que indiquen que el beneficiario final es el solicitante).
Si el solicitante es dependiente (ama de casa o estudiante), debe presentar como solvencia económica:
- Carta de responsabilidad (presentación personal o notariada).
- Copia autenticada y timbrada (B/.2.00) de la cédula o del carné de residente permanente del responsable, según sea el caso.
- Solvencia económica del responsable, con dos de las siguientes: declaración de renta de los dos (2) años anteriores (con certificado de recepción y recibo de pago, firmada por Contador Público Autorizado y autenticada por notario); carta bancaria con cuatro cifras medias, firmada y con sello fresco; carta de trabajo con su ficha del Seguro Social notariada; certificación de jubilación; adquisición de propiedades inmobiliarias; paz y salvo de la DGI del responsable; o capital invertido en un negocio.
- Comprobación de vínculos con el responsable: el certificado de matrimonio celebrado en el extranjero debe estar inscrito en la Dirección Nacional del Registro Civil de Panamá. El padre o la madre solo podrá ser responsable del solicitante si este es mayor de dieciocho (18) años y hasta los veinticinco (25), estudia en forma regular y está bajo la dependencia económica del residente o nacional.
- Formato de entrevista de naturalización, descargado de la página web del Servicio Nacional de Migración y completado por el propio interesado con bolígrafo azul, en letra imprenta y legible. Según la entrevista, se deben aportar los requisitos que se indican en ese formulario.
- Paz y salvo de la DGI, con el nombre completo del peticionario(a), el número de carné de Residente Permanente, su número de confirmación, nombre y firma.
- Copia completa del pasaporte, donde aparezca el sello de registro de extranjería, autenticada por el Cónsul o la Embajada del país correspondiente y con certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores. Las generales del pasaporte y la hoja de certificación que no estén en español deben traducirse.
- Certificado médico general de buena salud, con el nombre completo del peticionario(a), el número de carné de Residente Permanente, fecha de emisión, sello de registro y firma del doctor (90 días de vigencia).
- Certificación de estatus migratorio, con el número de carné de Residente Permanente del peticionario(a), para uso de naturalización (timbres de B/.8.00; 90 días de vigencia).
- Ley de reciprocidad (para el Numeral 3):
- Fotocopia de la Ley de Reciprocidad, autenticada ante el consulado panameño del país interesado y con certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Certificación de existencia y vigencia de la Ley de Reciprocidad, expedida por el consulado del país de origen del interesado acreditado en la República de Panamá, con certificación del Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Fotos tamaño carné (3.5 cm × 4.5 cm). Damas: vestimenta formal (vestido, camisa, blazer, etc.). Caballeros: saco y corbata.
- Examen de conocimientos básicos del Tribunal Electoral, según el Decreto N.° 13 del 1 de agosto de 2025 (Artículo 1, párrafos tercero y cuarto).
- Se exonera del examen a los nacionales de España y de cualquier otro país latinoamericano que acrediten, mediante certificación autenticada, que su país exime a los ciudadanos panameños de este requisito, con base en el principio de reciprocidad.
- También están exentos quienes hayan cursado estudios en escuelas, colegios o universidades, oficiales o particulares, dentro del territorio nacional, sobre las materias que exige la Constitución Política. Deben aportar como prueba los certificados de créditos o diplomas autenticados.
- A las personas con discapacidad, comprobada mediante certificación de un médico idóneo, que tengan dificultades para realizar el examen, se les aplica una prueba adaptada a sus necesidades, elaborada por la Oficina de Equiparación de Oportunidades del Tribunal Electoral.
Departamento de Naturalización del Servicio Nacional de Migración: teléfono 520-1264.
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